Modificación del Arancel de Importación

Inicio
Financiamiento
Datos Económicos
Política Económica
Inversión Pública
Empresas Públicas
Informes y Publicaciones
Visualizaciones de Datos


MODIFICACIÓN DEL ARANCEL DE IMPORTACIÓN

Si Ud. es el representante de una empresa, industria, gremio o cámara empresarial y tiene interés en solicitar el análisis para la modificación del nivel arancelario aplicado a la importación o el ajuste de la descripción de un producto, cuenta con las siguientes OPCIONES:



    1
  • Modificación del Arancel Externo Común (AEC) y/o de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM)

Para el caso que requiera solicitar el ajuste del nivel del AEC (aumento o reducción del arancel de importación) o el ajuste de la NCM (apertura o cierre de código, cambio en la descripción) a nivel del MERCOSUR.

*Esta solicitud es analizada, a nivel MERCOSUR, en el Comité Técnico N° 1 “Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías”(CT N° 1). A nivel nacional, el CT N° 1 es coordinado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Formulario Modificación AEC-ANV



    2
  • Modificación temporal del Arancel Externo Común (AEC) por razones de desabastecimiento

Para el caso que requiera solicitar la reducción temporal del AEC (0%) para la importación de productos de extrazona, por razones de desabastecimiento regional.

*Esta solicitud es analizada, a nivel MERCOSUR, en la Comisión de Comercio del MERCOSUR (CCM). El Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE) ejerce la coordinación nacional de la CCM.

Formulario Acciones Puntuales Ámbito Arancelario



    3
  • Modificación de la Lista Nacional de Excepción (LNE)

Para el caso que requiera solicitar el análisis para la inclusión de un producto en la LNE, para la determinación de un arancel de importación excepcionado (mayor o menor al nivel del AEC).

De acuerdo al tipo de producto la solicitud debe ser encaminada a través del Ministerio sectorial correspondiente[1] con copia al MEF:

*La solicitud es analizada, a nivel nacional, en un grupo interinstitucional, coordinado por el MEF y con la participación de representantes del MIC, MAG, MSPyBS y la DNA

Formulario Lista Nacional de Excepciones (LNE)


PASOS A SEGUIR PARA EL AJUSTE DEL NIVEL DE ARANCEL O DE LA NOMENCLATURA

    1
  • Identificar tipo de reducción requerida y completar el formulario correspondiente


    2
  • A través de una Nota al Sr. Viceministro de Economía y Planificación del MEF[2], solicitar el análisis correspondiente, identificando la opción requerida

ATENCION: EN TODOS LOS CASOS, ADJUNTAR EL FORMULARIO CORRESPONDIENTE



    3
  • Las solicitudes tendrán un primer análisis a nivel interinstitucional, y posteriormente:

Opción 1: será presentada por el MEF, en el ámbito MERCOSUR, en el CT N° 1.

Opción 2:será presentada por el MRE, en el ámbito del MERCOSUR, en la CCM.

Opción 3: será definida a nivel nacional por el grupo interinstitucional

    4
  • Cumplidos los pasos mencionados, el área competente del MEF/MRE informará el resultado de la definición alcanzada.

**Ante dudas o consultas sobre el procedimiento, puede comunicarse al (021) 413 2000, internos 6241 y 6307 o dm@hacienda.gov.py



[1] Ministerio de Industria y Comercio (MIC); Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG); Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS).

[2] Nota a ser entregada en el Viceministerio de Economía y Planificación (Pdte. Franco N° 173 - Edificio Ybaga) o a los correos gabinete_ssee@hacienda.gov.py; dm@hacienda.gov.py