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El Viceministerio de Economía y Planificación, a través de la Dirección General de Inversión Pública (DGIP), tiene como objeto dirigir y administrar el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) y el Banco de Proyectos; elaborar normas técnicas, metodologías de formulación y evaluación de proyectos, y los procedimientos de presentación de proyectos de inversión al SNIP, incluídas las concesiones y Alianzas Público Privadas (APP). 

Para más información sobre el SNIP, como también del Banco de Proyectos, haga click al siguiente enlace: SNIP PY

 

Así también, El Artículo 4º del Decreto 5004/2010, designa a la Unidad Central de Inversión Pública, que pasa a convertirse en la Dirección General de Inversión Pública (DGIP), como “Unidad Técnica Nacional del FOCEM (UTNF)”, encargada de coordinar las tareas relacionadas con la formulación, presentación, evaluación, ejecución y monitoreo de los proyectos financiados con recursos del FOCEM.

El Fondo para la Convergencia Estructural de MERCOSUR (FOCEM) es el instrumento creado por el MERCOSUR para promover la convergencia estructural, desarrollar la competitividad, promover la cohesión social, en particular de las economías menores y regiones menos desarrolladas, y apoyar el funcionamiento de la estructura institucional y el fortalecimiento de los procesos de integración.

La creación del FOCEM responde a la necesidad de garantizar a las economías menores y regiones menos desarrolladas una inserción plena en el contexto de una profundización de integración del bloque. El FOCEM es una institución comunitaria que responde a objetivos solidarios y está basado en un mecanismo de transferencia directa de recursos financieros desde las economías mayores (Argentina y Brasil) hacia las economías menores (Paraguay y Uruguay).

En este sentido, la DGIP en su carácter de UTNF, se convierte en la instancia a nivel nacional como vínculo operativo con la Unidad Técnica del FOCEM de la Secretaría del MERCOSUR (UTF), que tendrá a su cargo las tareas de coordinación interna de los aspectos relacionados con la formulación, presentación, evaluación y ejecución de los proyectos.

La UTNF tiene las siguientes funciones de coordinación interna:

  • Conformar comisiones de trabajo técnico, con el apoyo de otras instituciones o dependencias públicas.
  • Coordinar con la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), las acciones necesarias para dar cumplimiento a las normas del MERCOSUR en materia de licitaciones cuando se trate de proyectos financiados con recursos del FOCEM y establecer mecanismos necesarios para garantizar la competencia, eficiencia y transparencia en todos los procesos de licitación y adjudicación.
  • Consolidar y elaborar en un informe, los informes semestrales presentados por los OEE´s de los proyectos ejecutados con recursos del FOCEM aprobados y presupuestados, para consideración del Equipo Económico Nacional (EEN) y de la Sección Nacional del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR.
  • Establecer Directivas que reglamenten los procesos internos y los trabajos de gestión de los proyectos en ejecución financiados con recursos del FOCEM y que tendrán carácter obligatorio para las Unidades Nacionales Ejecutoras de dichos proyectos.

La UTNF tiene las siguientes funciones ante el MERCOSUR:

  • Seleccionar los proyectos que serán presentados para ser financiados por el FOCEM propuestos por las distintas entidades públicas mixtas o privadas que sean parte de la Administración directa, indirecta o del sistema operacional del Estado Parte al que pertenecen, en función:
    i)de la viabilidad de los proyectos presentados;
    ii) del cumplimiento de los requisitos técnicos establecidos en el Reglamento del FOCEM;
    iii) de las prioridades definidas por el Estado Parte.
  • Adecuar o sustituir el proyecto del Estado Parte cuando la Comisión de Representantes Permanentes del MERCOSUR (CRPM) considere que no se ajusta a los criterios de elegibilidad.
  • Informar a la respectiva Sección Nacional del Grupo Mercado Común (GMC) sobre los proyectos a ser presentados a la CRPM.
  • Presentar los proyectos de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento del FOCEM y de conformidad con los procedimientos internos previstos en cada Estado Parte.
  • Comunicar al organismo gubernamental de control interno la información relevante para la planificación y ejecución de las actividades de auditorías de los proyectos aprobados y la fecha prevista para la realización del primer desembolso.
  • Recibir y remitir a la UTF los informes de auditoría de los proyectos.
  • Recibir y remitir a la UTF los informes semestrales sobre el desarrollo y cumplimiento de los objetivos definidos para cada proyecto, preparados por los respectivos Organismos Ejecutores.
  • Recibir y remitir a la UTF la documentación comprobatoria prevista en el Artículo 63 del Reglamento del FOCEM
  • Facilitar las tareas de la UTF relativas a las inspecciones previstas en el Artículo 73 del Reglamento del FOCEM
  • Mantener informados a los Organismos Ejecutores de toda nueva norma y/o documentación relativa al funcionamiento del FOCEM.
  • Coordinar la participación del personal técnico designado por los Estados Partes para asistir a la UTF, de conformidad con lo establecido en el Artículo 30 del Reglamento del FOCEM.
  • Constituir el canal de comunicación entre la UTF y los Organismos Ejecutores de los proyectos.

 

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